¿En qué consiste la Razón de Negocios? - Vality Consulting Group

¿En qué consiste la Razón de Negocios?

La razón de negocios, es un término recientemente utilizado por las Autoridades Fiscales en su lucha por combatir la simulación y venta de facturas, lo cual genera un perjuicio multimillonario al Erario Público, en el presente artículo analizaremos más de éste término.

El cuarto párrafo del Artículo 5A del CFF establece:

«Laautoridad fiscal podrá presumir, salvo prueba en contrario, que no existe una razón de negocios, cuando el beneficio económico cuantificable razonablemente esperado, sea menor al beneficio fiscal. Adicionalmente, la autoridad fiscal podrá presumir, salvo prueba en contrario, que una serie de actos jurídicos carece de razón de negocios, cuando el beneficio económico razonablemente esperado pudiera alcanzarse a través de la realización de un menor número de actos jurídicos y el efecto fiscal de estos hubiera sido más gravoso.»

En éste sentido podemos señalar que la razón de negocios según lo establecido por el Código Fiscal de la Federación la dividen en dos puntos:

1.- Que el beneficio económico sea menor al beneficio fiscal

2.- Que el beneficio económico se pueda obtener con un menor número de actos jurídicos y que por consecuencia el beneficio fiscal aumente desproporcionadamente.

En éste sentido el mismo artículo en su párrafo quinto establece lo que se conoce como Beneficio Fiscal «Se consideran beneficios fiscales cualquier reducción, eliminación o diferimiento temporal de una contribución. Esto incluye los alcanzados a través de deducciones, exenciones, no sujeciones, no reconocimiento de una ganancia o ingreso acumulable, ajustes o ausencia de ajustes de la base imponible de la contribución, el acreditamiento de contribuciones, la recaracterización de un pago o actividad, un cambio de régimen fiscal, entre otros.»

Adicionalmente el párrafo sexto establece la definición de beneficio económico «Se considera que existe un beneficio económico razonablemente esperado, cuando las operaciones del contribuyente busquen generar ingresos, reducir costos, aumentar el valor de los bienes que sean de su propiedad, mejorar su posicionamiento en el mercado, entre otros casos. Para cuantificar el beneficio económico razonablemente esperado, se considerará la información contemporánea relacionada a la operación objeto de análisis, incluyendo el beneficio económico proyectado, en la medida en que dicha información esté soportada y sea razonable. Para efectos de este artículo, el beneficio fiscal no se considerará como parte del beneficio económico razonablemente esperado»

 

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